Jurisprudência

Caso Civil (St.) 21733-08-16 Maccabi Tel Aviv Basketball Club (1995) Ltd. contra Yuval Naimi - parte 6

29 de Maio de 2017
Imprimir

Dado que la Ley Deportiva es una ley específica, a diferencia de las disposiciones generales de la Ley de Arbitraje, e incluso posterior a la Ley de Arbitraje, prevalecen sus disposiciones.

De manera similar, en el caso Katz, se sostuvo que esto debía considerarse una obligación legal de llevar a cabo procedimientos arbitrales, y que en tales casos el tribunal no tiene jurisdicción sobre si retrasar o no los procedimientos ante él, y debe retrasar el procedimiento y transferir la audiencia a arbitraje.

No encontré la referencia del demandante a una resolución posterior, que establece que la norma establecida en el caso Katz ha sido modificada, o que "no puede existir hoy" como él afirma.  Por el contrario, en una sentencia en Civil Appeal Authority 2186/12, Moshe Amar contra Maor Malikson y la Asociación Israelí de Fútbol [20 de mayo de 2013], el Tribunal Supremo recurrió a la misma sentencia, eliminando cualquier dudo que pudiera haber existido hasta ese momento sobre la naturaleza y el alcance de las disputas que debían ser remitidas a la institución de arbitraje para su decisión.

  1. En mi opinión, la misma conclusión podría haberse alcanzado en virtud del acuerdo entre las partes. Sin embargo, dado que el demandante alegó que el acuerdo constituye un "acuerdo uniforme" y que, según él, la condición que determina la transferencia de disputas al arbitraje es discriminatoria, considero que, en vista de la conclusión anterior, no es necesario discutir esto.  Independientemente de si el acuerdo requiere o no la transferencia a arbitraje, esta obligación existe según la ley según lo establecido anteriormente, y esto es suficiente.

Conclusión

  1. La disputa entre el demandante y el club, relativa al incumplimiento de la obligación de seguro (si la hubiera) y la compensación debida al demandante como consecuencia, será escuchada ante el Instituto de Arbitraje de la Asociación de Baloncesto. Por tanto, ordeno la suspensión de los procedimientos en esta acción, en la medida en que se relacionen con la reclamación contra el club.  El club no está obligado a presentar una declaración de defensa en el marco de esta acción.

El demandante debe solicitar a la institución de arbitraje y presentar su reclamación contra el club allí.

  1. Cargo al demandante los gastos y honorarios del abogado por presentar esta solicitud por la suma de 1,500 ₪.
  2. La audiencia programada en el caso se celebrará puntualmente, en la disputa entre el demandante y la aseguradora, y solo en ese caso.

Concedido hoy, 29 de mayo de 2017, en ausencia de las partes.

Parte anterior1...56
7Próxima parte